Decreto Legislativo 1/2007
jueves, 5 de abril de 2007
Decreto Legislativo 1/2007
Los fundadores de nuevas empresas en Cispadania deberán de pagar una tasa de 10 liras romanas al Gobierno, y además, disponer de un presupuesto minimo de 120 liras romanas antes de comerciar.
Los fundadores de nuevas empresas en Cispadania deberán de pagar una tasa de 10 liras romanas al Gobierno, y además, disponer de un presupuesto minimo de 120 liras romanas antes de comerciar.
Etiquetas: Leyes
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